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De acuerdo con la normativa reguladora, dichos/as profesionales deben estar inscritos/as en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, y los Colegios profesionales, a través de sus Consejos Generales, constituyen una de las entidades responsables de trasladar al REPS determinados datos de estos/as profesionales. Actualmente, el Ministerio de Sanidad está pendiente de incorporar a los/as  psicólogos/as en el REPS, una tarea aún en proceso por parte de dicho Ministerio.


En cualquier caso, y de acuerdo con lo establecido en la normativa, el COP Andalucía Occidental comunica puntualmente al Consejo General de la Psicología el listado de sus colegiados/as que informan y documentan su condición de sanitario/a, para que el Consejo lo incorpore a su comunciación al Ministerio.


En el COP Andalucía Occidental, cada psicólogo/a sanitario/a, tanto especialista como general, debe comunicar y documentar tal condición de forma ONLINE a través del portal web.

 

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BREVE GUÍA PARA FIGURAR COMO COLEGIADO/A EN EL LISTADO DE PSICÓLOGOS/AS SANITARIOS/AS DE COP-AO A TRAVÉS DEL PORTAL WEB

 

1. Una vez logueado/a en la zona privada del portal web de COP-AO, se debe acceder al formulario de solicitud de Inscripción de PROFESIONALES SANITARIOS en el siguiente enlace:  https://www.copao.es/colegiados/listados-profesionales/profesionales-sanitarios#inscripcion


2. La documentación que debe aportar según cada caso, es la que se cita a continuación: 


Psicólogo/a Especialista en Psicología Clínica: Título expedido por el Ministerio competente.
Psicólogo/a General Sanitario:
Máster en Psicología General Sanitaria: Título expedido por el Ministerio de Educación.

- Psicólogo/a habilitado/autorizado para el ejercicio de actividades sanitarias (según la disposición adicional sexta de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social): Resolución de la Consejería de Salud para la autorización de su centro sanitario en el que conste su nombre y apellidos o Certificado emitido por la Delegación de Salud correspondiente. En caso de disponer del certificado expedido por la Delegación de Salud de la Junta de Andalucía que acredita la condición de Psicólogo/a Habilitado/Autorizado para el ejercicio de actividades sanitarias, debe estar referido al profesional, no al centro, salvo que el/la profesional sea el/la titular del centro habilitado como psicología sanitaria.
Ciudadanos/as europeos/as. Resolución Ministerio Sanidad para poder acceder y ejercer en España la profesión sanitaria regulada de Psicólogo General Sanitario. Este documento justifica que el Ministerio de Sanidad (no el Ministerio de Educación) reconoce como autoridad pública competente la cualificación profesional para ejercer como Psicólogo/a General Sanitario en España. 

 

3. Una vez se ejecuten las correspondientes comprobaciones administrativas, estos datos deberán formar parte del perfil profesional publicado en la web colegial de/de la colegiado/a en el espacio del portal web llamado “Buscar un/a Psicólogo/a”, al considerarse datos públicos de interés para los/as usuarios/as como profesión sanitaria regulada normativamente. Para ello, rogamos active en su ficha colegial la autorización para que los datos sean públicos, ya que es condición obligatoria.

 

(*) Además, los/as colegiados/as que lo deseen pueden introducir y actualizar sus DATOS PROFESIONALES Y DE CONTACTO también en su ficha colegial, para que se hagan visibles dichos datos en el portal, así cualquier usuario de la web puede localizar sus servicios profesionales a través del espacio Buscar un/a Psicólogo/a. Si no desea promocionar sus servicios, basta con no introducir datos profesionales de contacto.

 

A partir del 26/10/2022 el Ministerio de Sanidad pone a disposición de la ciudadanía los datos del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS)

 

 

IMPORTANTE:

Para una correcta cumplimentación del formulario, en el caso de que aporte título universitario, es necesario la verificación del mismo. Para ello, consulte el siguiente epígrafe: Verificación de Título Universitario. 

 

DE INTERÉS: 

Además de los Colegios Profesionales, otros actores quedan obligados a reportar datos al REPS.

El Colegio únicamente remitirá al Consejo General de la Psicología de España los datos de los colegiados/as de forma individual. Será el/la titular de cada centro quien deba comunicar directamente al REPS la relación de profesionales sanitarios que estén ejerciendo labores sanitarias en su centro. El Registro considera a los/as autónomos/as también como centros, por lo que cada colegiado/a autónomo/a también deberá enviar por su cuenta los datos al REPS.


“Los profesionales con ejercicio autónomo y titulares de un centro sanitario con código REGCESS se consideran como entidades, por lo que deberán remitir directamente sus datos al REPS” (Fuente: Página web del REPS).


Los centros sanitarios en los que trabajen psicólogos/as sanitarios/as, también están obligados a remitir los datos de los profesionales al REPS.


El Ministerio de Sanidad establece, en su normativa sobre el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, que las entidades empleadoras deberán comunicar los datos de aquellos/as profesionales empleados/as directamente por ellas y de aquellos/as con los que mantengan una relación mercantil. En consecuencia, aquellos/as colegiados/as que sean titulares de Centros Sanitarios, también están obligados a completar este trámite extensivo a los centros sanitarios.


Para ello, deberán solicitar su registro como responsable del centro sanitario, y remitir los datos al REPS de su entidad.

 

 

(*) CÓMO ACTUALIZAR ONLINE LA FICHA COLEGIAL EN EL PORTAL WEB DE COP-AO:

 

- Introducir y actualizar sus DATOS PROFESIONALES Y DE CONTACTO accediendo a su FICHA COLEGIAL, y manifestar consentimiento, para que se hagan visibles y públicos dichos datos en el portal, así cualquier usuario de la web puede localizar sus servicios profesionales a través de la sección web llamada “BUSCAR UN PSICÓLOGO/A”.

  

Para acceder a su FICHA COLEGIAL debe hacerlo a través de su USUARIO WEB y CONTRASEÑA. Si todavía no dispone del mismo, puede solicitarlo a través del siguiente formulario: SOLICITUD USUARIO WEB / ZONA PRIVADA WEB COLEGIAL.