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El COP-AO utiliza su listado de psicólogos/as mediadores/as para informar a los Puntos de Información para la Mediación en Andalucía (PIMA) y a instituciones y además, dichos miembros aparecen como psicólogos/as mediadores/as en el portal web colegial para consulta de la ciudadanía y entidades 

 

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DOS OPCIONES DE INSCRIPCIÓN:

 

Podrá inscribirse en el listado de psicólogos/as mediadores/as del COP-AO si previamente pertenece a alguno de los dos registros oficiales (Registro de Mediación Familiar de Andalucía y Registro Estatal de Mediadores del Ministerio de Justicia):

 

OPCIÓN 1: LISTADO COLEGIAL de MEDIADORES/AS del REGISTRO DE MEDIACIÓN FAMILIAR DE ANDALUCÍA

 

ACCESO:

La persona mediadora deberá estar en posesión de un título oficial universitario, título de licenciatura, diplomatura, grado, o de formación profesional superior, y contar con formación específica en materia de mediación.

Asimismo, deberá suscribir un seguro o garantía equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada del procedimiento en el que intervenga. En el caso de aquellos o aquellas profesionales que, para el ejercicio de su actividad profesional ya cuenten con un seguro de responsabilidad civil, deberán aportar copia de la póliza en vigor en la que se haga constar que incluye el ejercicio Psicología / Mediación.

 

Con relación a la formación en mediación familiar mínima requerida para la inscripción en el Registro de Mediación familiar, el artículo 5.2 del Decreto 37/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificado por el Decreto 65/2017, de 23 de mayo, establece que deberán contar con una formación específica en mediación familiar desde un enfoque interdisciplinar de carácter educativo, social, psicológico y jurídico cuya duración será diferente, según la solicitud de inscripción se realice a los efectos de publicidad e información exclusivamente, o también, a los efectos de adscripción al sistema de turnos.

 

a.      En el supuesto de aquellas personas que se inscriban a los efectos de publicidad e información, la formación específica deberá consistir en superar un curso con una duración no inferior a 100 horas lectivas o su equivalente en el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS), de las cuales al menos 35 horas tendrán carácter práctico.
Asimismo, para la inscripción en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía en este supuesto, se considerará como válida la certificación oficial de la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. De igual forma y, a los mismos efectos establecidos, será válida la certificación oficial de un registro de mediación equivalente de cualquier otra comunidad autónoma o Estado miembro de la Unión Europea.

b.      En el supuesto de aquellas personas que en su caso deseen formar parte del sistema de turnos deberán contar con una formación específica con una duración no inferior a 300 horas lectivas, o su equivalente en el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS), de los cuales al menos 60 horas tendrán un contenido de carácter práctico.

 

RENOVACIÓN:

Las personas mediadoras inscritas en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía deberán realizar una o varias actividades de formación continua en materia de mediación, de carácter eminentemente práctico, al menos cada cinco años, las cuales tendrán una duración total mínima de 20 horas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

  • Resolución de inscripción o renovación (según sea el caso) o documentación de igual valía emitida por el Registro Autonómico de Mediación.

 

OPCIÓN 2: LISTADO COLEGIAL de MEDIADORES/AS del REGISTRO DE MEDIACIÓN ESTATAL

 

ACCESO:

La formación específica de la mediación se desarrollará tanto a nivel teórico como práctico, correspondiendo a este último, al menos, un 35 por ciento del de la duración mínima prevista en el Real Decreto 980-2013 para la formación del/de la mediador/a. Las prácticas incluirán ejercicios y simulación de casos y, de manera preferente, la participación asistida en mediaciones reales. La duración mínima de la formación específica del/de la mediador/a será de 100 horas de docencia efectiva.

 

RENOVACIÓN:

Los/as mediadores/as deberán realizar una o varias actividades de formación continua en materia de mediación, de carácter eminentemente práctico, al menos cada cinco años, las cuales tendrán una duración total mínima de 20 horas. La realización de cursos de especialización en algún ámbito de la mediación permitirá cumplir el requisito de la formación continua del/de la mediador/a.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

  • Resolución de inscripción o renovación (según sea el caso) o documentación de igual valía emitida por el Registro de Estatal de Mediación. 
  • Se comprobará por parte del Colegio su inscripción a través del siguiente buscador habilitado por el Ministerio, debiendo aportar las personas interesadas los periodos de vigencia de la inscripción y/o renovación. Se requiere se aporte documentación probatoria que conste la admisión y aceptación por parte del Ministerio, con objeto de poder asociarle a partir de esa fecha los 5 años de vigencia. En la actualidad el Ministerio expide certificado donde hace constar la inscripción del/de la mediador/a, sin embargo dicho certificado no discrimina la fecha de inscripción ni la fecha de vigencia, solo la fecha de expedición del propio certificado. Se recomienda que el/la colegiado/a imprima pantalla en pdf de cualquier mensaje emergente de admisión o confirmación del trámite cómo válido (el pdf debe contener la url y fecha/hora) y/o reporte evidencia de la posible correspondencia mantenida donde se deje constancia de la admisión, con objeto de poder documentar junto con el certificado del Ministerio la dimensión temporal de la inscripción y/o renovación.

 

CÓMO ACTUALIZAR ONLINE LA FICHA COLEGIAL PARA FIGURAR COMO MEDIADOR/A EN EL PORTAL WEB DE COP-AO:

 

Si desea formar parte de estos listados colegiales y promocionarse profesionalmente como MEDIADOR/A en el portal web colegial, debe:

 

- Introducir y actualizar sus DATOS PROFESIONALES Y DE CONTACTO accediendo a su FICHA COLEGIAL, y manifestar consentimiento, para que se hagan visibles y públicos dichos datos en el portal, así cualquier usuario de la web puede localizar sus servicios profesionales a través de la sección web llamada “BUSCAR UN PSICÓLOGO/A”.

  

Para acceder a su FICHA COLEGIAL debe hacerlo a través de su USUARIO WEB y CONTRASEÑA. Si todavía no dispone del mismo, puede solicitarlo a través del siguiente formulario: SOLICITUD USUARIO WEB / ZONA PRIVADA WEB COLEGIAL.

  1. Una vez logueado/a en la zona privada del portal web, debe acceder a los formularios para Incorporación / Renovación / Baja en el LISTADO COLEGIAL DE MEDIADORES/AS que encontrará en el siguiente enlace: https://www.copao.es/colegiados/listados-profesionales/mediadores#inscripcion

En esta sección encontrará dos formularios, con objeto de que discrimine qué acción o acciones desea cursar:

    1. Solicitud de Incorporación/Renovación a LISTADO COLEGIAL DE MEDIADORES de la JUNTA DE ANDALUCIA
    2. Solicitud de Incorporación/Renovación a LISTADO COLEGIAL DE MEDIADORES ESTATALES

 

 

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