El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado un nuevo Real Decreto que modifica el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
Esta modificación, aprobada en Consejo de Ministros de 18 de marzo de 2025, incluye cambios en el proceso de elección y de adjudicación de plazas de Formación Sanitaria Especializada (FSE) del Ministerio de Sanidad -entre ellas, las plazas PIR-, ofreciendo así la posibilidad de elegir plaza, tanto de forma telemática como presencial, de acuerdo con lo establecido en la orden de convocatoria correspondiente.
El motivo de contar con esta nueva normativa ha sido el debate suscitado en las últimas convocatorias, desde la implantación, en el año 2020, del sistema de elección y adjudicación exclusivamente mediante medios electrónicos, existiendo, desde entonces, una petición reiterada de retornar al sistema presencial, o bien que el procedimiento actual permitiese una elección en tiempo real equivalente.
Con la modificación, se permitirá elegir plaza tanto de forma presencial como a través de medios electrónicos
Esta demanda social ha puesto de relieve la necesidad de que la regulación en este aspecto no sea taxativa y permita, en cada convocatoria, optar por la elección y adjudicación a través medios electrónicos o de forma presencial, de forma que la elección y adjudicación de plazas no se diera exclusivamente a través de medios electrónicos.
Por otro lado, se ha venido registrando en los últimos años, un incremento de las renuncias a plazas previamente adjudicadas, una buena parte, incluso, antes de su incorporación a la respectiva plaza. Tras las renuncias, estas plazas vacantes quedaban sin cubrir, al no poder adjudicarse en la misma convocatoria.
Teniendo en cuenta la necesidad de profesionales en determinadas especialidades, con el nuevo Real Decreto se establece la posibilidad de incluir en la orden de convocatoria una nueva adjudicación -exclusivamente por medios electrónicos– de las plazas vacantes resultantes de las renuncias, así como de las que no hubieran sido elegidas previamente, a todas las personas que han participado en el proceso. Así podrán cubrirse con una segunda (y última) ronda de elección de plaza «a resultas».
Se introduce la posibilidad de una segunda ronda de adjudicación, exclusivamente electrónica, para cubrir las plazas que queden vacantes tras la primera asignación
La norma se adecúa a los principios de necesidad y de eficacia, dado que persigue flexibilizar el sistema de elección y adjudicación de plazas de FSE en respuesta al interés general, siendo el instrumento idóneo para llevar a cabo esta regulación que se pretende introducir en el ordenamiento jurídico, en beneficio del propio Sistema Nacional de Salud. Igualmente, se alinea con el principio de proporcionalidad, ya que amplia y no restringe los derechos de las personas electoras y adjudicatarias de plazas, y con el de seguridad jurídica, al ser congruente con la legislación estatal sobre la materia, ofreciendo un marco normativo estable conforme a la ley.
En cumplimiento con el principio de transparencia, durante el proceso de elaboración de esta norma se ha dado acceso a los documentos para su elaboración, se han definido claramente sus objetivos y se ha permitido la participación activa de sus destinatarios habiendo sustanciado los trámites preceptivos de consulta pública y de información pública. Asimismo, se ha dado trámite de audiencia a diversos consejos generales de colegios profesionales del ámbito sanitario, entre ellos, el Consejo General de la Psicología.
En relación con el principio de eficiencia, este Real Decreto contribuye a la gestión racional de los recursos existentes para un mejor funcionamiento del Sistema Nacional de Salud (SNS) y establece las cargas administrativas imprescindibles para conseguir sus objetivos. Durante la tramitación se ha consultado también a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Asimismo, ha sido informada por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, así como por el Comité Consultivo y por el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
La nueva normativa ha entrado en vigor tras su publicación en el BOE
Tal y como ha señalado el Ministerio de Sanidad en nota de prensa, la nueva normativa, que ya ha entrado en vigor tras su publicación en el BOE, permitirá que cada convocatoria establezca la modalidad de elección, ofreciendo así una mayor flexibilidad a los aspirantes. El Gobierno busca de este modo mejorar la eficiencia y la equidad en el acceso a la Formación Sanitaria Especializada, garantizando una mejor cobertura de profesionales en el Sistema Nacional de Salud y respondiendo a las necesidades de la ciudadanía.
Se puede acceder a la nueva normativa desde la página web del Boletín Oficial del Estado o bien directamente aquí:
Real Decreto 203/2025, de 18 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.