El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social estableció en 2012 el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS) configurándolo como un instrumento para facilitar la planificación de necesidades de profesionales sanitarios del Estado y coordinar las políticas de recursos humanos del SNS.
El Registro incorpora datos de los/as profesionales sanitarios/as con autorización para trabajar en España y dispone de una serie de datos públicos que permiten garantizar a la ciudadanía la adecuación de la titulación de quienes les atienden. El REPS estará disponible a partir del 23 de diciembre de 2018, siendo el órgano responsable del fichero de datos la Dirección General de Ordenación Profesional de este Ministerio.
Los Colegios profesionales, a través de sus Consejos Generales, son una de las entidades responsables de trasladar al REPS determinados datos de estos/as profesionales.
Por todo ello, se solicita a todos/as los/las colegiados y colegiadas cuyo ejercicio profesional sea sanitario, envíen un correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , ANTES DEL 16 DE JULIO, solicitando su inclusión en el Registro.
- En el "Asunto" del correo, se deberá indicar: REGISTRO SANITARIO, Nombre, apellidos y número de colegiado/a.
- En el cuerpo de correo, se deberá especificar la titulación profesional que habilita para el ejercicio de actividades sanitarias:
- Psicólogo/a especialista en Psicología Clínica.
- Psicólogo/a General Sanitario (Máster en Psicología General Sanitaria)
- Psicólogo/a habilitado/autorizado para el ejercicio de actividades sanitarias (según la disposición adicional sexta de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social).
- En archivo adjunto, se deberá incluir documentación acreditativa en formato PDF:
- Psicólogo/a especialista en Psicología Clínica: Título expedido por el Ministerio de Educación.
- Psicólogo/a General Sanitario (Máster en Psicología General Sanitaria): Título expedido por el Ministerio de Educación.
- Psicólogo/a habilitado/autorizado para el ejercicio de actividades sanitarias (según la disposición adicional sexta de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social): Resolución de la Consejería de Salud para la autorización de su centro sanitario en el que conste su nombre y apellidos o Certificado emitido por la Delegación de Salud correspondiente.
Toda la información sobre este Registro se encuentra en la siguiente página: https://www.sanidad.gob.es/areas/profesionesSanitarias/registroEstatal/home.htm
Más información:
Normativa reguladora del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
- Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones).
- Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
- Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.