En los Estatutos colegiales y en concreto en su Disposición Transitoria Segunda se regula la composición, las competencias y el régimen de funcionamiento de la Comisión de Recursos del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental, cuya necesidad viene impuesta por los dictados de la Ley nº10/2003, de 6 noviembre de Colegios Profesionales de Andalucía, en tanto no está constituido por el momento en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Psicólogos, órgano natural que debería asumir entre las competencias que tiene asignadas legalmente, el conocimiento y resolución de los recursos que se formulen contra los actos y resoluciones de la Junta de Gobierno colegial.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. COMISIÓN RECURSOS
En tanto se constituye el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Psicólogos, las competencias atribuidas a éste en los presentes Estatutos serán asumidas por la Comisión de Recursos que, sin perjuicio de lo dispuesto en su Reglamento de Funcionamiento, se someterá al siguiente régimen:
La Comisión de Recursos no está sometida a instrucciones jerárquicas de los órganos rectores del Colegio, rigiéndose sus actuaciones por los principios de independencia, legalidad y sometimiento a la Ley y a los Estatutos, debiendo respetar en sus actuaciones las garantías y plazos que la Ley reconoce a los colegiados, colegiadas, miembros asociados e interesados en todo procedimiento administrativo.
Estará integrada por cinco miembros, propuestos por la Junta de Gobierno procurando respetar la identidad territorial del Colegio, y elegidos por la Junta General. Para pertenecer a ella deberán las personas interesadas tener la condición de miembro asociado o una antigüedad de colegiación de al menos cinco años al día de su elección y encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos colegiales, así como no estar incursas en procedimiento sancionador o disciplinario alguno.
La elección lo será por el plazo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos hasta un máximo de tres mandatos.
La Comisión, en su primera reunión, elegirá por mayoría de entre sus personas miembros un Presidente o Presidenta y un Secretario o Secretaria. Corresponde al Presidente o Presidenta convocar y presidir sus reuniones, así como firmar cuantos documentos correspondan a la Comisión. Corresponde al Secretario o Secretaria levantar acta de sus reuniones, que firmará junto al Presidente o Presidenta, y firmar cuantos actos de trámite se produzcan en los procedimientos de que conozca la Comisión.
Para la validez de sus acuerdos, deben encontrase presentes al menos tres de sus miembros. En caso de empate, resolverá el Presidente o Presidenta con su voto de calidad, que está obligado a asistir a todas sus reuniones.
La Comisión de Recursos se encontrará asistida en todas sus reuniones por la persona Asesora Jurídica del Colegio, que tendrá voz, pero no voto.
En el caso de vacante o imposibilidad de algunos de sus personas miembros, la Junta de Gobierno nombrará una persona sustituta. Esta persona sustituta o quien deba ocupar la vacante, será refrendada o elegida en la siguiente Junta General que se celebre.
La Comisión de Ética y Deontología es un grupo de funcionamiento activo que vela tanto por el cumplimiento del Código Deontológico como por la promoción de un funcionamiento profesional ético entre los/as colegiados/as.
Sus cometidos son:
- Asesoramiento a la Junta de Gobierno, Juntas Rectoras de Delegación y Áreas Profesionales en las materias relacionadas con el ejercicio ético de la profesión y elaboración de informes a petición de los mismos.
- Asesoramiento a los colegiados y colegiadas en las dudas que puedan tener relacionadas con esta materia.
- Realización de cursos de iniciación gratuitos para los nuevos colegiados y colegiadas.
- Desarrollo de programas de formación continuada en el COP-AO.
- Seminarios de profundización en coordinación con las Áreas Profesionales para la incorporación responsable de las nuevas prácticas y de los nuevos desarrollos normativos.
- Estudio del código deontológico.
- Promoción de buenas prácticas profesionales.
- Cuidado por los contenidos de la publicidad y de las ofertas profesionales.
- Estudio e instrucción de los casos denunciados ante el COP-AO por supuesto comportamiento contrario al Código Deontológico.
La Comisión de Ética y Deontología está acogida a un compromiso de confidencialidad lo que ofrece absoluta garantía para el colegiado y colegiada.
NACIMIENTO Y ORIGEN DE LA COMISIÓN DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO
El origen de la Comisión fue en relación a la aplicación del 0.7% para acciones de cooperación para el desarrollo en base a la filosofía de colaboración y solidaridad del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental, y en un marco de responsabilidad social corporativa.
En la actualidad, destacar que el Colegio quiere seguir trabajando y apoyando iniciativas de cooperación teniendo presente la reducción de fondos que en este nuevo periodo en materia de Cooperación Internacional ha sufrido nuestro País, como efecto de la crisis económica y mantener su compromiso del 0.7% como una medida de cooperación solidaria y que debe ser ajena a las crisis socio-económicas.
NATURALEZA Y COMPOSICIÓN
La Comisión es un órgano asesor y de consulta de la Junta de Gobierno del Colegio para la articulación y valoración de iniciativas de cooperación, siendo necesario que la composición de sus miembros sea lo más estable posible. Esta composición estable y duradera facilitará el trabajo continuo de la Comisión, además de posibilitar según las necesidades de cada momento la participación puntual de otras personas referentes en materia de cooperación.
La composición de la Comisión para el Desarrollo será la que se expresa a continuación:
Ruperto Piñero Cabanillas. Responsable de la Comisión de Cooperación para el Desarrollo.
Reyes Casares Ordóñez. Representante de la Delegación de Sevilla.
Patricia Vaz García. Representante de la Delegación de Huelva.
Guadalupe López Bernal. Representante de la Delegación de Córdoba.
Carmen Montes Reguera. Representante de la Delegación de Cádiz.
Alfonso Luque Lozano. Miembro de la Comisión de Cooperación para el Desarrollo.
Isidro Maya Jariego. Miembro de la Comisión de Cooperación para el Desarrollo.
Mª José Dueñas Cabrera. Directora-Gerente.
IDENTIDAD Y DEFINICIÓN DE LA COMISIÓN DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO
Será exclusivamente objeto de la Comisión de Cooperación al Desarrollo apoyar iniciativas de Cooperación para el Desarrollo, sin especificar si las iniciativas deben ser de carácter nacional o internacional.
En este marco de cooperación para el desarrollo podrán apoyarse proyectos concretos de ONGD o de organismos gubernamentales en terreno e iniciativas de educación para el desarrollo en el lugar de origen.
En la medida de lo posible se apoyaran iniciativas donde la Psicología esté representada.
Las iniciativas de cooperación para el desarrollo que el Colegio pudiera apoyar deben estar sustentadas en un modelo de Desarrollo Humano Local y Sostenible que potencie la utilización de recursos endógenos.